
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2 de la ciudad de
Chajarí, Departamento Federación, Provincia de Entre Ríos, a cargo de Mariano
Luis Velasco, Juez, Secretaría única de la Dra. Verónica P. Ramos, en los autos
caratulados «CARLASARA Jorge José S/ SUCESORIO AB INTESTATO-«,
Expte. Nº 7008/25, cita y emplaza por el término de treinta (30) días a quienes
se consideren con derecho a los bienes dejados al fallecimiento de JORGE JOSÉ
CARLASARA, DNI N° 11.810.443, con último domicilio en Escuela Provincial N° 7-2km al Norte-, Colonia Villa Libertad, departamento Federación, fallecido el día
17 de julio de 2025 en la ciudad de Chajari, Dpto. Federación, Provincia de Entre
Ríos.
La resolución que ordena la publicación del presente en su parte pertinente
dispone: «Chajarí, 17 de septiembre de 2025. (…) Al estar «prima facie»
acreditada la legitimación y resultar que el Juzgado es competente, a mérito del
testimonio de defunción acompañado, declaro abierto el PROCESO SUCESORIO
«ab-intestato» del Señor JORGE JOSÉ CARLASARA, vecino que fuera de Colonia
Libertad, Departamento Federación (E.R.). Publíquense edictos por TRES DIAS en
el BOLETIN OFICIAL y en cualquier periódico de publicación diaria digital de esta
ciudad citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes quedados
al fallecimiento del causante, para que en el plazo de TREINTA DIAS así lo
acrediten. La publicación ordenada deberá acreditarse adjuntando comprobante
de factura y la publicación digital en el expediente. (…) firmado digitalmente por:
Mariano Luis Velasco -Juez Civil y Comercial N° 2-
Publíquese por tres (3) días.
Chajarí, Entre Ríos, 18 de septiembre de 2025.
Dra. VERONICA P. RAMOS
Secretaria
Dejar una contestacion