La abogada Sofía Rader explicó la situación actual del concepto “cuota alimentaria”, esto es el monto que la persona “no conviviente” debe entregar mensualmente para mantener a sus hijos, en este sentido brindó algunos detalles informativos.
“La cuota almentaria sigue como siempre, para las personas que están en blanco no ha cambiado nada en la forma y tampoco en el monto ya que no hay un monto fijo, porque se mide por la calidad de vida de los menores y la posibilidad de la persona que debe pagarlo (en base a su recibo de sueldo). Al momento de hablar de las personas que no están registrados en sus trabajos, hay que decir que siempre se pregunta qué gastos tiene y se hace un número, tomando el índice de crianza o un salario mínimo vital y móvil”, dijo en parte de la charla Rader

Y agregó al programa “Cosas que Pasan” respecto de quienes más se hacen cargo de ese monto, “si el principal deudor no se hace cargo se puede ir contra el abuelo o los tíos, para asegurar que se pague porque el niño es quien está en juego, es quien está pasándola mal por la situación general; sabemos que es difícil porque no es lindo tener que llamar a un tío a un abuelo, pero ante la irresponsabilidad del responsable no queda otra”.
Explicó la abogada que la mayoría de las veces es la madre la que se queda con los niños, aunque hay casos donde es el padre, en este último ejemplo el procedimiento es igual porque es el No conviviente el que debe pagar esta cuota.
Finalmente explicó qué pasa cuando la persona que debe pagar se niega a hacerlo, “si es una madre que tiene un chiquito y el padre no paga, se envía una mediación, es citado, si concurre se puede llegar a un acuerdo, se labra un acta y si las partes no se ponen de acuerdo, ese acta sirve para iniciar un juicio de alimentos donde se le puede pedir a la jueza que tome medidas”
