El Ministerio de Economía anunció una medida que beneficiará a todos aquellos dueños de mascotas que deseen viajar con ellas a cualquier parte del país. Mediante una resolución publicada recientemente, la Secretaría de Transporte autorizó el traslado de animales domésticos en los servicios de transporte automotor y ferroviario de pasajeros de larga distancia de jurisdicción nacional.
La medida responde a la necesidad de adaptar la normativa vigente a las condiciones actuales del sector y de eliminar limitaciones al traslado de animales, estableciendo reglas para la protección, el bienestar y la seguridad tanto de los animales como de los pasajeros.
Requisitos
El traslado de animales deberá realizarse dentro de un contenedor o transportín cerrado, específicamente diseñado para animales, garantizando su salubridad y protección. Dicho elemento deberá ubicarse, según corresponda, sobre la falda del pasajero responsable, debajo del asiento delantero o sobre el cojín del asiento pegado a la ventana, siempre debidamente sujetado con el cinturón de seguridad si ocupa un asiento. Estas disposiciones buscan evitar accidentes y asegurar que los animales permanezcan protegidos durante todo el trayecto.
Los pasajeros estarán obligados a portar la constancia de vacunación antirrábica del animal y cualquier otra certificación que exija la normativa vigente, documentación que podrá ser solicitada al momento de abordar o durante el viaje por el personal de la empresa. Solo se permitirá el traslado de un animal doméstico por pasajero mayor de edad y no podrá haber más de uno por canil o lo que utilice para el traslado, consignó Infobae.

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