En un contexto de aumento sostenido de los repartidores de plataformas, la reforma laboral, que obtuvo media sanción en el Senado, establece un marco jurídico para este tipo de trabajadores y ratifica que no son empleados en relación de dependencia.
La norma se aplica a aquellos que ofrezcan servicios a través de empresas como Rappi, Pedidos Ya, Uber y Cabify, entre otros. Específicamente, el proyecto define que un “prestador independiente de plataformas tecnológicas” es una “persona humana que conviene la prestación del servicio privado de reparto y/o de movilidad de personas a usuarios a través de las plataformas tecnológicas de forma independiente”.
La reforma incorpora una serie de derechos y obligaciones tanto para los trabajadores como para las plataformas.
En primer lugar, se dispone que los prestadores independientes podrán conectarse libremente a cualquiera de las aplicaciones disponibles en el mercado. Esta disposición permite a los trabajadores elegir sus propios horarios y decidir el tiempo de conexión, así como aceptar o rechazar solicitudes según su conveniencia.
El marco legal reconoce el derecho del prestador a definir el medio de transporte utilizado para brindar el servicio, siempre que cumpla con los requisitos legales y convencionales correspondientes. De este modo, se contempla la utilización de bicicletas, motocicletas, autos u otros vehículos autorizados, publicó Infobae.
Además, la regulación determina que los prestadores independientes tendrán acceso a conocer los criterios que emplean las plataformas para la agrupación y categorización de sus servicios.
Estos criterios deben estar expresados en lenguaje claro y ser accesibles de manera digital, en tanto no se afecte el secreto comercial de la plataforma. La publicación de esta información busca garantizar mayor transparencia en la relación entre los trabajadores y las empresas tecnológicas.

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