En el marco de un juicio abreviado homologado por la Justicia de Concordia, Javier Eduardo Silvestri (54 años), domiciliado en Colonia Villa Libertad (departamento Federación), fue declarado autor penalmente responsable y condenado a la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional.
La sentencia N° 444 fue dictada por el vocal Dr. Aníbal Lafourcade en la causa caratulada por amenazas en contexto de violencia contra la mujer. Al no contar con antecedentes penales condenatorios y haberse alcanzado el acuerdo con el consentimiento de la víctima, se fijó el cumplimiento de la pena bajo modalidad condicional, sujeto a reglas de conducta obligatorias durante dos años.
Entre las pautas impuestas, el condenado deberá fijar domicilio, comparecer semestralmente ante el organismo de control y abstenerse de realizar cualquier tipo de acto perturbador u hostigamiento —personal o virtual—. Asimismo, rige una orden de restricción perimetral que le prohíbe acercarse a menos de 100 metros de Daiana Soledad Mosna y de Gustavo Fabián Zandoná, así como de sus respectivos domicilios en Chajarí y Villa del Rosario. En caso de incumplimiento, la condicionalidad podrá ser revocada debiendo cumplir la pena en prisión efectiva.
