SOLICITUD DE PUBLICACIÓN EDICTO SUCESORIO

El Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial N° 2 de Chajarí, Departamento Federación, a cargo del Dr. Mariano Luis Velasco (Juez), Secretaría a cargo de la Dra. Verónica P. Ramos, en autos caratulados:

“BERTOLDO Oscar Carlos Alberto S/ SUCESORIO AB INTESTATO”, Expte. Nº 7148/26,

CITA por el plazo de TREINTA DÍAS a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados al fallecimiento de:

OSCAR CARLOS ALBERTO BERTOLDO, M.I. Nº 17.578.033, nacido en Chajarí el día 30/09/1955, fallecido en Chajarí, Departamento Federación, el día 28/04/2023, casado en únicas nupcias con Concepción Araujo Flores, vecino que fuera de Chajarí, Departamento Federación (Entre Ríos), hijo de Arnoldo Oscar Bertoldo e Irma Olga Pizzio; bajo apercibimientos de ley.

La resolución que así lo dispone, en su parte pertinente, dice:

“Chajarí, 4 de marzo de 2026.
Proveyendo la presentación del 04/03/2026:
Por presentados Concepción Araujo Flores, Florencia Natalia Bertoldo y Juan Manuel Bertoldo, con domicilio procesal constituido y real denunciado, con patrocinio letrado de los Dres. Reynaldo Hugo Iglesias y Fabián Oscar Iglesias, por parte y documentación acompañada.

Al estar prima facie acreditada la legitimación y resultar que el Juzgado es competente, declaro abierto el proceso sucesorio ab intestato del Sr. Oscar Carlos Alberto Bertoldo, vecino que fuera de Chajarí, Departamento Federación (E.R.).

Publíquense edictos por TRES DÍAS en el Boletín Oficial y en cualquier periódico de publicación diaria digital de esta ciudad, citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes del causante para que en el plazo de TREINTA DÍAS lo acrediten.

La publicación deberá acreditarse adjuntando comprobante de factura y la publicación digital en el expediente.
Dése intervención al representante del Ministerio Público Fiscal.
Notifíquese conforme arts. 1 y 4 de la Acordada 15/18 SNE del STJER.
Hágase conocer la apertura por oficio a la Dirección del Notariado de la Provincia para su inscripción en el Registro Público de Juicios Universales (arts. 134, 135 y concs. Ley 6964), facultando a los Dres. Reynado Hugo Iglesias y/o Fabián Oscar Iglesias para intervenir en su diligenciamiento.
Notifíquese.”

Firmado digitalmente por:
Dr. Mariano Luis Velasco – Juez Civil y Comercial N° 2.

Publíquese por tres días.
Secretaría.

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