La Justicia avaló las fotomultas en Entre Ríos, pero anuló sanciones que tardaron más de dos años en notificarse

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Nº1 de Paraná consideró constitucional el sistema de fotomultas utilizado por la Policía de Entre Ríos. Sin embargo, dejó sin efecto sanciones en casos donde las notificaciones demoraron más de dos años, por vulnerar el principio de plazo razonable.

La Justicia avaló la constitucionalidad de las fotomultas en Entre Ríos, pero anuló sanciones en casos donde la Policía provincial demoró más de dos años en notificar a los presuntos infractores. Las decisiones fueron adoptadas individualmente por integrantes de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Nº1 de Paraná, quienes analizaron distintos recursos de apelación vinculados con infracciones de tránsito.

Los pronunciamientos establecieron que la utilización de fotografías digitales y filmaciones para detectar posibles infracciones a la Ley Nacional de Tránsito resulta compatible con las garantías constitucionales, siempre que se respete el debido proceso y el derecho de defensa de las personas involucradas.

Sin embargo, los magistrados también determinaron que las demoras excesivas en la notificación de las infracciones pueden invalidar las sanciones, debido a que los procedimientos administrativos deben desarrollarse dentro de un plazo razonable.

Por qué la Justicia consideró constitucionales las fotomultas

En sus resoluciones, los integrantes de la Cámara sostuvieron que los mecanismos electrónicos y digitales utilizados por la Policía de Entre Ríos constituyen herramientas válidas para detectar presuntas infracciones de tránsito.

Consideraron que el sistema de constatación mediante fotografías o videos no vulnera por sí mismo las garantías constitucionales, dado que las personas sancionadas cuentan con la posibilidad de ejercer su defensa.

En ese sentido, explicaron que el presunto infractor puede demostrar que no era titular del vehículo al momento de la infracción, que no fue quien cometió la falta o que existieron circunstancias de fuerza mayor que lo eximen de responsabilidad.

Anularon multas notificadas después de más de dos años

En otros recursos de apelación, la Cámara resolvió dejar sin efecto sanciones cuando constató que la Policía de Entre Ríos había demorado más de dos años en notificar a los presuntos infractores.

Los magistrados consideraron que esos períodos de espera resultaban incompatibles con el principio de plazo razonable, que debe respetarse en los procedimientos administrativos sancionatorios.