La reforma en Salud Mental completó el dictamen e irá al recinto la semana próxima

Casi una semana después de la realización del plenario, un bloque de la oposición dialoguista presentó un dictamen de minoría y habilitó la llegada del texto al hemiciclo de la Cámara de Senadores. Hay intención de que la iniciativa se trate en la sesión ordinaria del próximo jueves. El principal punto diferencial con relación al actual marco normativo es el nuevo esquema de intervención judicial.

Los puntos de la reforma

El principal punto diferencial con relación al actual marco normativo es el nuevo esquema de intervención judicial que esta reforma plantea: En este dictamen, es propuesto que las órdenes de internación voluntaria pasen a ser comunicadas y no autorizadas por un juez. De todos modos, cada juzgado puede exigir informes, peritajes o dejar sin efecto una internación si así lo considerase.

En segundo lugar, la ludopatía pasa a integrar la lista de conductas denominadas adicciones y la referencia general a parientes se limita a padres o hijos, manteniendo a representantes legales, cónyuges y convivientes. Se agrega, también, la conformación de equipos según los recursos humanos de cada provincia, dejando abierta la posibilidad de realizar teleconsultas por parte de  psiquiatras.

Entre las modificaciones a la Ley 26.657, el dictamen del oficialismo y los aliados propone un régimen de atención por equipos infantojuveniles y dispositivos diferenciados de adultos, autonomía progresiva, la garantía del derecho a ser escuchados, confidencialidad, un abordaje familiar y comunitario.

Por otro lado, el texto determina la prohibición de las prácticas manicomiales y, en consecuencia,  será restituido el catálogo de atención ambulatoria y domiciliaria, las casas de convivencia, los hospitales de día y los centros de capacitación sociolaboral. También se establece el refuerzo de la promoción y prevención.

Por último, se define la internación prolongada por más de 180 días corridos o acumulados por reinternaciones en dos años, con intervención inmediata de oficio del órgano de revisión; se exceptúan los pacientes con problemática exclusivamente social; y se incorpora un registro de internaciones prolongadas. Finalmente, se incorpora el derecho a consentir o rechazar anticipadamente tratamientos y designar personas que expresen el consentimiento cuando el paciente no pueda hacerlo. (APFDigital)