DICTO
La Sra. Jueza a cargo del despacho del Juzgado de Paz de Chajarí, Entre Ríos, Dra. VANESA PELAYO, Secretaría Única a cargo de la Dra. Silvana Gabriela Maidana, sito en calle Urquiza N° 1805, P.B., Edificio de Tribunales de la ciudad de Chajarí (E.R.), correo electrónico: jdopazcat1-cha@jusentrerios.gov.ar, en los autos caratulados «ADMINISTRADORA TRIBUTARIA DE ENTRE RIOS C/LOWER Eliana Gisel S/ MONITORIO APREMIO», Expte. N° 7097/25, cita y emplaza por el término de CINCO (5) DIAS a ELIANA GISEL LOWER, D.N.I. 37308275, con último domicilio conocido en calle Concordia s/n de Chajarí, Entre Ríos, para que comparezca a estar a derecho Y/O a oponer excepciones, bajo apercibimiento de designarle Defensor de ausentes (art. 329 CPCYC) y mandar llevar adelante la ejecución en su contra (arts. 528, 517, 144, 143 y 142 y concs. del texto ritual civil y Puntos 6.3.1, 6.3.2 del RJCCER). Las resoluciones que así lo disponen, en su parte peritinente dicen:
«CHAJARI, 14 de Marzo de 2025. VISTO Y CONSIDERANDO: …FALLO: 1. …2.- TENER por promovida EJECUCION POR VIA MONITORIA, en nombre de la ADMINISTRADORA TRIBUTARIA DE ENTRE RIOS contra ELIANA GISEL LOWER, con domicilio en calle Concordia S/N de la ciudad de Chajarí, Entre Ríos. 3.- MANDAR llevar adelante la ejecución contra ELIANA GISEL LOWER, hasta que haga íntegro pago a la actora -ADMINISTRADORA TRIBUTARIA DE ENTRE RIOS-, de la suma de PESOS TRESCIENTOS VEINTIOCHO MIL CIENTO OCHENTA Y OCHO CON OCHENTA Y CINCO CENTAVOS ($328.188,85), con más los intereses a calcularse en la forma indicada en el considerando. 4.- NOTIFICAR a la ejecutada la presente sentencia monitoria, en su domicilio real, mediante cédula, acta notarial o medio equivalente (art. 476 del C.P.C.y C.), corriéndose traslado de la demanda con entrega de copias, haciéndose saber que dicho traslado importará la citación para que en el plazo de CINCO DIAS pueda oponerse a la ejecución monitoria mediante el planteo de las excepciones que correspondan, ofrecer pruebas dentro del mismo plazo legal (art. 477 del C.P.C.y C.), y la obligación de constituir domicilio procesal en igual término bajo apercibimiento de ley (art. 38 C.P.C.y C.). 5. IMPONER las costas de la presente ejecución a la parte accionada (arts. 124 Código Fiscal, y 65 y 544 del texto ritual civil). 6. …7….8.- …REGISTRESE, déjese copia, y NOTIFIQUESE (arts. 1 y 4 Acordada 15/18 SNE). La presente se suscribe mediante firma digital (Resolución STJER 229/2022 AAA del 28/10/2022). Fdo.: Dra. VANESA PELAYO, Juez a/c Despacho Juzgado de Paz Chajarí».
OTRA: «CHAJARI, 13 de Octubre de 2025. …CITESE y emplácese por edictos a ELIANA GISEL LOWER para que, dentro del término de CINCO DIAS, contados a partir de la última publicación, comparezca a estar a derecho y a oponer excepciones, bajo apercibimiento de designarle Defensor de Ausentes y de mandar llevar adelante la ejecución. La citación se efectivizará mediante edictos que se publicarán por DOS DÍAS en el BOLETIN OFICIAL y en los diarios digitales de esta ciudad (142, 143 y 144, 472, 474, 329 y 132 inc. 1º del texto ritual civil, y 119 del Código Fiscal y Puntos 6.3.1 y 6.3.2 RJCCER). NOTIFIQUESE (arts. 1 y 4 Acordada 15/18 SNE). La presente se suscribe mediante firma digital (Resolución STJER 229/2022 AAA del 28/10/2022). Fdo.: Dra. VANESA PELAYO. Juez a/c Despacho. Juzgado de Paz Chajarí».
SECRETARIA, Chajarí, 22 de octubre de 2025.
Dra. Silvana Gabriela Maidana Secretaria Juzgado de Paz
