JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA CHAJARÍ – ENTRE RÍOS. EDICTO El Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2 de la ciudad de Chajarí (E.R.), a cargo del Dr. MARIANO LUIS VELASCO (Juez), Secretaria a cargo de la Dra. VERONICA P. RAMOS, en los autos caratulados «RENIERO Oscar Ramón S/ SUCESORIO SIN TESTAMENTAR» Expte. N° 7217/26, cita y emplaza por el término de TREINTA DIAS a herederos y acreedores de RENIERO OSCAR RAMON DNI N° 05.807.246, nacido el 09/04/1937 en Colonia Belgrano, Departamento Federación, provincia de Entre Ríos, fallecido el 17/10/2023 en ciudad de Concepción del Uruguay, provincia de Entre Ríos, Argentina, con último domicilio en calle Corrientes N° 2230 de la ciudad de Chajarí – Departamento Federación (E. R.) Argentina.
La resolución que ordena librar el presente en su parte pertinente indica:
«Chajarí, 22 de mayo de 2026. Proveyendo la presentación del 19/5/26 17:29 horas: Por presentados MARIA ROSARIO RODRIGUEZ, EDUARDO DANIEL RENIERO, FATIMA EMILCE RENIERO y MIRIAM EDIT RENIERO, con domicilio procesal constituido y real denunciado, con patrocinio letrado, por parte y documentación de su referencia acompañada.- Al estar «prima facie» acreditada la legitimación y resultar que el Juzgado es competente, a mérito de la partida de defunción acompañada, declaro abierto el PROCESO SUCESORIO «ab-intestato» del Señor OSCAR RAMON RENIERO vecino que fuera de Chajarí, Departamento Federación (ER).- Publíquense edictos por TRES DIAS en el BOLETIN OFICIAL y en cualquier periódico de publicación diaria digital de esta ciudad citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes quedados al fallecimiento del causante, para que en el plazo de TREINTA DIAS así lo acrediten. La publicación ordenada deberá acreditarse adjuntando comprobante de factura y la publicación digital en el expediente. Dése intervención al representante del Ministerio Público Fiscal. Notifíquese conforme arts. 1 y 4 de la Acordada 15/18 SNE del STJER. Hágase conocer la apertura por oficio a la Dirección del Notariado de la Provincia para su inscripción en el Registro Público de Juicios Universales (arts. 134, 135 y concs. Ley 6964); facultando a la Dra. CINTIA SABRINA GAUNA para intervenir en su diligenciamiento. Notifíquese conforme arts. 1 y 4 de la Acordada 15/18 SNE del STJER. firmado digitalmente por: Mariano Luis Velasco -Juez Civil y Comercial N° 2-«.
Publicar por TRES DIAS.
CHAJARÍ, 01 de junio de 2026.
Firmado digitalmente por: Dra. Verónica P. Ramos -Secretaria-.
