SOLICITUD DE PUBLICACIÓN EDICTO SUCESORIO                                    

EDICTO

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2 de la ciudad de Chajarí (ER), a cargo del Dr. MARIANO LUIS VELASCO (Juez), Secretaría a cargo de la Dra. VERONICA P. RAMOS , en los autos caratulados:  «LORENZATTO Rosa Antonia C/ LORENZATTO Roberto Alejandro y Otros S/ ORDINARIO REVOCATORIA DE DONACION-«, Expte. Nº 7108/25, cita y emplaza por el término de QUINCE DIAS bajo apercibimientos de ley, a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por co-demandado ROBERTO ALEJANDRO LORENZATTO, DNI N° 5.825.749, con último domicilio en Esc. Prov. N° 26, Colonia Freitas, Departamento Federación, provincia de Entre Ríos, fallecido en la ciudad de Chajarí, Departamento Federación, provincia de Entre Ríos, el 21 de marzo de 2026, Publíquese por DOS DIAS. La resolución que ordena librar el presente en su parte pertinente indica: Chajarí, 29 de junio de 2026. De conformidad con lo manifestado e interesado en la presentación del 23/06/2026 y lo previsto en el art. 50 inc. 5 del CPCC, CITESE por edictos a los herederos del co-demandado ROBERTO ALEJANDRO LORENZATTO, DNI N° 5.825.749, con último domicilio en Esc. Prov. N° 26, Colonia Freitas, Departamento Federación, provincia de Entre Ríos, fallecido en la ciudad de Chajarí, Departamento Federación, provincia de Entre Ríos, el 21 de marzo de 2026, para que en el término de QUINCE DÍAS comparezcan al juicio a tomar la intervención correspondiente, por sí o por medio de un representante, a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de nombrarse defensor de ausentes con el que se seguirá el trámite de la causa. La citación se hará mediante edictos que se publicarán por DOS DÍAS consecutivos en el BOLETÍN OFICIAL y en cualquier periódico de publicación diaria digital de esta ciudad. La publicación ordenada deberá acreditarse adjuntando comprobante de factura y la publicación digital en el expediente. Facúltase a la Dra. MARIA LILIANA SURT y/o quien ella designe para intervenir en el diligenciamiento del despacho a librarse.  Fdo. digitalmente: Dr. MARIANO LUIS VELASCO  – Juez- JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL N°2″.

 CHAJARI,    de julio de 2026.-

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